CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD PARA LA TARJETA SANITARIA
La Tarjeta Sanitaria Indivudual deberá reunir condiciones de accesibilidad universal para personas con discapacidad. esto es lo que dispone el Real Decreto 922/2024 del 17 de septiembre, que modifica el anterior Real Decreto 183/2004 del 30 de enero, por el que se regula la Tarjeta Sanitaria Individual.
"Las administraciones sanitarias", según esta nueva reglamentación, "de conformidad con la normativa nacional y autonómica de accesibilidad, deben garantizar la accesibilidad de las personas a la Tarjeta Sanitaria Individual".
Esto significa que, por ejemplo, en todas las tarjetas en soporte físico, se incluirán caracteres en braille de las iniciales de Tarjeta Sanitaria Individual, para aquellas personas con discapacidad visual.
También el soporte virtual de la tarjeta será accesible segun "lo indicado por el Real Decreto 1112/2028 de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público".
Con estos requerimientos se atienden las demandas del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), de extender la accesibilidad a la tarjeta sanitaria, tanto en su formato físico como digital, ya que es un elemento de uso masivo que tiene relación con el bien básico de la salud y la atención sanitaria.