Excepciones al uso obligatorio de mascarillas en situaciones de discapacidad o dependencia

Publicado el Miércoles, 20 Mayo 2020

La Orden SND/422/2020 de 19 de mayo regula el uso obligatorio de la mascarilla por parte de la población de 6 años en adelante, y preferentemente higiénicas y quirúrgicas, para cubrir nariz y boca.

Tal y como solicitó CERMI se han incluido entre las excepciones, a personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla y a personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Recoge también otras excepciones como el desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla y causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Añade la Orden cuando será obligatorio su uso, señalando en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

Se puede ver el uso correcto de la mascarilla en la siguiente imagen que también puede descargarse en este enlace de la página Web del Ministerio de Sanidad:  https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/img/COVID19_uso_correcto_mascarillas.jpg

 COVID19 uso correcto mascarillas

Más información:  puede consultarse información actualizada sobre éste y otros temas relacionados con el COVID-19 en este enlace a la página web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/ciudadania.htm

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